jueves, 27 de abril de 2017

Registro de observación.

En este caso, vamos a trabajar con el criterio de evaluación número siete, que dice lo siguiente:

7. Reconocer las posibilidades de las actividades físico-deportivas y artístico-expresivas como formas de inclusión social, facilitando la eliminación de obstáculos a la participación de otras personas independientemente de sus características, colaborando con los demás y aceptando sus aportaciones.

Dentro del criterio 7, con el registro de observación vamos a evaluar el estándar 7.1, que define aspectos actitudinales a alcanzar por parte del alumnado: 

7.1. Muestra tolerancia y deportividad tanto en el papel de participante como de espectador.

Así pues, voy a dar la definición del rasgo a evaluar:

Se entiende como la actuación correcta y educada en todo momento, valorando positivamente la actuación de sus compañeros, aportando y aceptando críticas constructivas y feedback.


A continuación, se muestra la tabla con los indicadores y la escala.


En este caso el registro de evaluación lo utilizará el profesor para evaluar a los alumnos, siendo de esta forma un instrumento de heteroevaluación.

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